retinosis.org

la rp en español

Buscar en el sitio principal de retinosis.org



Secciones en el sitio principal de retinosis.org




Aspectos legales
domingo, 20 de enero de 2008

Vivir Con Retinosis Pigmentaria

Pilar Elcarte

Sección de Valoración Instituto Navarro

de Bienestar Social

El certificado de discapacidad es un documento que acredita o reconoce el grado de minusvalí­a de las personas que tienen alguna discapacidad. Es imprescindible para poder acceder a los beneficios que diferentes organismos proporcionan a estas personas.

La norma que regula el reconocimiento de grado de minusvalí­a, los baremos aplicables, la determinación de los órganos competentes para realizar dicho reconocimiento y el procedimiento que se debe seguir se recoge en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalí­a (BOE de 26 de enero de 2000, y posterior corrección de errores publicada en el BOE de 13 de marzo de 2000). En Navarra el órgano administrativo encargado del reconocimiento es el Instituto Navarro de Bienestar Social.

Las solicitudes se tramitan a través del Servicio Social de Base de cada localidad, o del Servicio Social de Barrio que corresponda, si la persona interesada reside en Pamplona.

La declaración de discapacidad supone diversos beneficios condicionados al grado de minusvalí­a, al tipo de discapacidad, al baremo económico o a otros requisitos. Estos beneficios abarcan distintos campos: sanidad, educación, promoción del empleo, prestaciones sociales, beneficios fiscales y apoyo a la movilidad. A continuación se incluye el detalle completo y la norma legal que sustenta cada uno de estos beneficios.

Sanidad

  • 1.- Prestación sanitaria y farmacéutica si no la tiene por otros tí­tulos.
    Real Decreto 383/84 de 1 de febrero por el que se regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la ley 13/82 de 7 abril. LISMI.
  • 2.- Tratamientos rehabilitadores (fisioterapia, logopedia, psicomotricidad, etc.)
    • a) Atención temprana
    • b) Logopedia, en mayores de 18 años. Real Decreto 383/84 de 1 de febrero por el que se regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la ley 13/82 de 7 abril. LISMI.
  • 3.- Ayudas para la audición.
    Orden 30/3/2000: Pacientes hipoacúsicos de 0 a 16 años.
  • 4.- Atención Dental a personas discapacitadas.
    • 4.1.- Decreto Foral 70/2003, de 7 de abril, por el que se modifica el Programa de Atención Dental a minusválidos.
    • 4.2.- Orden Foral 51/2003 de 9 de mayo.

Educación

  • 5.- Educación normalizada con apoyos en centros ordinarios.
    Real Decreto 696/1995, de 28 de abril de ordenación de la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales.
    Orden Foral 57/96 de 20 de febrero del consejero de Educación, Cultura y Deporte por la que se dan instrucciones sobre el procedimiento para la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidades psí­quicas motóricas y sensoriales.
  • 6.- Educación en régimen especial en Centros especí­ficos.
    Real Decreto 334/85 de 6 de marzo de Ordenación de la Educación especial, BOE 16 de marzo 85.
    Decreto Foral 224/2000 de 19 de junio.
  • 7.- Reserva de un 3% de plazas en la universidad para minusválidos con un grado de 65 o más.
    Real Decreto 69/2000 de 21 de enero, publicado en BOE de 22-01-2000.
  • 8.- Ayudas individuales de enseñanza para alumnos con discapacidad sensorial o motora que cursen enseñanzas en niveles de Secundaria Postobligatoria en Centros Educativos de Navarra.
    Orden Foral 389/2001, BON 26-11-01
  • 9.- Becas y ayudas de Educación Especial
    Orden Foral 296/01, BON 10-9-01.
    Baremo concesión de becas en el Departamento de Educación.

Promoción del empleo

  • 10.- Cuota de reserva del 2% en empresas de 50 o más trabajadores:
    – LISMI – Tí­tulo VII. Art.38.1.
    – Real Decreto 27/2000 (BOE 26-01-00). Establece medidas alternativas.
    – Orden de 24.07.2000. Regula el procedimiento de las medidas alternativas.
  • 11.- Acceso al empleo público:
    – LISMI – Tí­tulo VII. Art. 38.3
    Reserva del 5% de plazas en las ofertas de empleo público:
    – Ley Foral 16/2002 (BON 07-06-02)
    – Real Decreto 2271/2004 (BOE 17-12-04)
    Adaptación de medios/tiempos en la realización de pruebas selectivas:
    – Decreto Foral 129/89 de 8 de junio. Art. 2º.1
    – Real Decreto 2271/2004 (BOE 17-12-04)
  • 12.- Medidas de fomento del empleo:
    – LISMI – Tí­tulo VII. Art.38.4.
    – Real Decreto 1451/1983 (BOE 04-06-03) … modificaciones varias hasta ….
    – Real Decreto 170/2004 (BOE 31-01-04)
    Contrato indefinido trabajadores minusválidos:
    a) Subvención: 3.907 euros por contrato celebrado.
    b) Bonificación en el total de las cuotas empresariales a la Seguridad Social:
    – 70% 45a: hombres – 100%: mujeres
    c) Tiempo parcial igual bonificación. Subvención proporcional a la jornada
    d) Subvención hasta 901 euros por adaptación de puesto de trabajo
    e) Incentivos fiscales: 6.000 euros por persona/año de incremento plantilla
    Contrato temporal:
    a) Duración de 12 meses a 3 años; prórroga no inferior a 12 meses.
    b) Bonificación cuota empresarial a la S.S. por contingencias comunes
    – Siendo el primer trabajador: 100%
    – Mujeres: 80% 45a
    – Hombres: 75%
    c) Posibilidad de transformación a indefinido
    Contrato de formación:
    a) No hay lí­mite de edad para trabajadores discapacitados.
    b) No hay lí­mite en cuanto al número de contratos.
    c) Bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social prevista.
    Contrato en prácticas:
    a) Titulación obtenida en los seis últimos años.
    b) Bonificación del 50% de la cuota a la S.S. si es a tiempo completo.
    Contrato de interinidad:
    a) Sustituir a trabajadores discapacitados en situación de incapacidad temporal.
    b) Bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
    Autoempleo:
    – LISMI – Tí­tulo VII. Art.38.4.
    – Orden de 16 de octubre de 1998 (BOE 21-11-98)
    – Ley 45/2002 (BOE 13-12-02) y Ley 36/2003 (BOE 12-11-03)
    – Subvención de 3.907 euros para inversión en capital fijo.
    – Subvención parcial de los intereses de préstamos, hasta 4.508 euros
    – Bonificación del 50% de la cuota mí­nima a la Seguridad Social durante 3 años.
  • 13.- Centros Especiales de Empleo Relación laboral de carácter especial
    – LISMI – Tí­tulo VII. Art.41.1. Alternativa al empleo ordinario.
    – Real Decreto 2273/1985 (BOE 09-12-85). Reglamento de los CEE’s.
    – Real Decreto 1368/1985 (BOE 08-08-85). Regula la relación laboral en CEE’s.
    – Real Decreto 427/1999 (BOE 26-03-99). Modifica el decreto anterior.
  • 14.- Registro de trabajadores minusválidos demandantes de empleo: Incluidos en el censo general de parados.
    – LISMI – Tí­tulo VII. Art.39
  • 15.- Jubilación de trabajadores minusválidos
    – Ley 35/2002 (BOE 13-07-02) Medidas para establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.
    – Real Decreto 1539/2003 (BOE 20-12-03). Establece coeficientes reductores de la edad de jubilación de trabajadores minusválidos.

Prestaciones sociales

  • 16.- Pensiones no contributivas por invalidez.
    Ley 26/90, de 20 de diciembre, por la que se establecen a la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
    Real Decreto 357/91 de 15 de marzo por el que se desarrolla la ley 26/90 de 20 de diciembre.
  • 17.- Prestación por hijo a cargo minusválido (para trabajadores del régimen de la Seguridad Social)
    Real Decreto 356/91 de 15 de marzo por el que se desarrolla en materia de prestaciones por hijo a cargo la Ley 26/90:
    – Disposición adicional octava del Real Decreto 2319/93 de 29 de diciembre.
    – Disposición adicional octava del Real Decreto 6/93 de 8 de enero.
  • 18.- Prestación por hijo disminuido de Gobierno de Navarra (para funcionarios y sus familiares).
    Art. 39 del Reglamento Provisional de Retribuciones del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Aprobado por Decreto Foral 158/84 de 4 de julio (BON nº 91 25-07-84)
  • 19.- Ayudas económicas periódicas a minusválidos (de 33/% a 65%).
    Decreto Foral 120/99 por el que se regula la Renta Básica. BON 3-05-99.
    Orden Foral 58/99 (BON 10-11-99) que desarrolla el Decreto Foral 120/99 por el que se regula la renta básica.
  • 20.- Subvención para la adquisición y/o adaptación de vehí­culos.
    Resolución 820/2004 de 27 de febrero, del director gerente del INBS, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones para apoyar a la dotación de medios de transporte adaptado para el año 2004 (la convocatoria es anual). (BON 12-05-03)
  • 21.- Ayudas económicas para tratamientos ambulatorios de carácter rehabilitador (logopedia, fisioterapia y transporte para acceder a los tratamientos).
    Resolución 1500/2003, de 18 de marzo, del director gerente del INBS, por la que se aprueban los criterios de gestión que regularán las ayudas extraordinarias y de asistencia especializada en el área de personas con discapacidades para el año 2003. (BON 21-05-03)
  • 22.- Ayudas extraordinarias en el área de personas con discapacidad (ayudas técnicas facilitadotas del encajamiento, órtesis y prótesis, adaptación funcional de la vivienda, ayudas técnicas a la movilidad y ayudas técnicas para facilitar el desenvolvimiento personal)
    Resolución 1500/2003, de 18 de marzo, del director gerente del INBS, por la que se aprueban los criterios de gestión que regularán las ayudas extraordinarias y de asistencia especializada en el área de personas con discapacidades para el año 2003. (BON 21-05-03)
  • 23.- Programas de turismo y balnearios. Organizado por COCEMFE.
    Requisito: tener un grado de minusvalí­a mayor del 50%.
  • 24.- Baremo en la adjudicación de V.P.O.
    Decreto Foral 276/01. BON 30-11-01.
  • 25.- Acceso a centros especí­ficos (residencia, centros ocupacionales,…)
  • 26.- Ayudas económicas para conciliar la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras y fomentar la natalidad.
    Decreto Foral 242/00
  • 27.- Concepto, categorí­as y apoyo a familias numerosas.
    Ley Foral 20/2003, de 25 de marzo, de familias numerosas. (BON 02-04-2003)

Beneficios fiscales

  • 28.- Deducciones en la declaración del IRPF.
    (Cantidades sujetas a modificaciones anuales que se publican en el BON). Ley Foral 16/2003, de 17 de marzo, de modificación parcial de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
    a) Situación personal:
    Reducción en base (mí­nimo personal):
    – Minusválidos igual o superior al 33%: 5.400 €
    – Minusválidos igual o superior al 65%: 10.400 €.
    b) Familia:
    Reducción en base (mí­nimo familiar)
    – Plus minusválidos 33%: 1.960 €
    – Plus minusválidos 65%: 6.960 €
    c) Trabajadores:
    Deducción cuota:
    – Minusválido 33%: 1.085 €
    – Minusválido 65%: 3.000 €
  • 29.- Reducción del IVA (compra de coches de minusválidos y sillas de ruedas, se aplica el 4%) (Art. 4° del Código de Circulación)
    Art. 37.2 de la Ley de IVA de BON nº 158 19/92.
  • 30.- Reducción del IVA en la adquisición de aparatos de prótesis, órtesis e implantes internos. (Se aplica el 4%)
    Art. 37.2 de la Ley de IVA de BON nº158 19/92.
  • 31.- Exención impuesto de matriculación vehí­culo.
    Decreto Foral de 31 de diciembre de 1992.
  • 32.- Exención del impuesto de circulación para vehí­culo de minusválido y para vehí­culo adaptado y menos de 1.680 cm3.
    Art. 160-1-D Ley Foral 2/95 de Haciendas Locales de Navarra.

Apoyo a la movilidad

  • 33.- Zonas de estacionamiento reservado.
    Tarjeta de aparcamiento minusválidos. Normativa de la Administración local.
    Ley Foral 4/1988 de 11 de julio, sobre barreras fí­sicas y sensoriales.
  • 34.- Bonificación en el transporte público: bono-taxi.
    BON nº 105, de 30-08-2000.
  • 35.- Bonificación en el transporte público: bono-bus.
    Ordenanza Reguladora de las tarifas sociales del transporte público urbano en la Comarca de Pamplona. Aprobada el 11-07-99.
  • 36.- Bonificación en transporte por ferrocarril (65%).
    Normativa interna de RENFE.
  • 37.- Reserva de plazas (no inferior al 6%) en vehí­culos que transporten personas con movilidad reducida.
    Ley Foral 22/2003, de 25 de marzo, por la que se modifica la Ley Foral 4/1988, de 11 de julio, sobre barreras fí­sicas y sensoriales.
  • 38.- Reserva y adaptación, en su caso, del 3% de viviendas en promociones de protección oficial.
    Real Decreto 355/80 de 25 de enero sobre reservas y situación de las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos (BOE 51 del 28-02-80)
    Real Decreto 248/81 de 5 de febrero sobre medidas de distribución de la reserva de viviendas destinadas a minusválidos establecidas en el Real Decreto 355/80 de 25 de enero (BOE de 26-02-81)
  • 39.- Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
    Real Decreto 383/84 de 1 febrero por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas de la LISMI.
  • 40.- Accesibilidad en edificios de uso residencial.
    Ley Foral 22/2003, de 25 de marzo, por la que se modifica la Ley Foral 4/1988, de 11 de julio, sobre barreras fí­sicas y sensoriales.
  • 41.- Ayudas y exenciones para adaptación de inmuebles de titularidad privada.
    Ley 8/99 BOE 84, de 8 de abril de 1999.
    Supresión de barreras arquitectónicas que dificultan el acceso y la movilidad de personas con minusvalí­a; se necesitará mayorí­a simple.
    Decreto Foral 276/2001.

Artí­culo extraido de «Retinosis Pigmentaria. Guí­a informativa». Editada por la Asociación de Retinosis Pigmentaria de Navarra

4 Comentarios sobre “Aspectos legales”

  1. retinosis.org » Archivos del Sitio » Sumario de “Guí­a informativa: Retinosis Pigmentaria” dice:

    […] Vivir con retinosis pigmentaria. Aspectos legales […]

  2. Débora dice:

    la informacion me parecio muy buena. yo tengo 18 años y mi novio padece de retinosis pigmentaria hace un tiempo (él tiene 20 años). el tema de su enfermedad lo tira abajo por momentos y piensa mucho cuando ve q esta perdiendo la vision de a poco. me gustaria q me manden informacion al respecto y cómo puede ayudarse a pacientes con esta enfermedad cómo ayudarlos desde afuera para q no lo afecte emocionalmente.
    desde ya muchisimas gracias.
    atte.
    Débora

  3. danisa lissi dice:

    hola soy danisa de santa fe argentina tengo 34 años y hace un año me diagnosticaron rtinitis pigmentaria.fue desesperante.tengo 2 hijos d 2 y 7 años.a los cuales no me animo a hacerles el estudio p ver si lo heredaron.me gustaria saber si aca en argentina puedo tener algun bebeficio como dan ustedes alla.si saben como tengo q hacer o si tienen alguna direccion.y tabien me gustaria q me dijeran q opinan d la vitamina a ya q aca los oftalmologos q fui me dijeron q es lo unico q hay.tengo una amiga q tiene lo mismo y esta tomando OCUVITE DM son alemanas y yo delje las vitaminas y empece a tomar esas.me gustaria su opinion.desde ya muchisimas gracias q dios los bendiga.DANYSA

  4. asuncion giraldez dice:

    hola me llamo asun y mi marido tiene retinosis pigmentaria desde los dos años ahora tiene 45 os digo a todos los que os han diasnosticado esta enfermedad que os animeis ,la once os alluda en todo lo necesario a el se le paro durante unos años y desde 2 años para a hoy le esta avanzando a pasos agigantados y en la once le estan ayudando muchisimo.un saludo y mucho animo

Deja tu comentario