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Ayudas para el dependiente fallecido en espera
viernes, 17 de enero de 2014

El Consejo de Estado forzó a Sanidad a cambiar la ley y conceder el derecho a prestación por silencio positivo tras pasar seis meses de demora.

El Consejo de Estado ha hecho público su informe sobre los dos decretos de dependencia que publicó el Gobierno in extremis el 31 de diciembre y que regulan el nivel mínimo de dependencia y las prestaciones a las que tienen derecho los pacientes. Y el informe del Consejo de Estado revela cómo la intención inicial del Ministerio de Sanidad, recogida en el artículo 15 el proyecto de decreto enviado al Consejo de Estado, era dejar sin derecho a prestación ni ayudas a los dependientes que fallecieran estando todavía en lista de espera.

El Consejo, sin embargo, advirtió a Sanidad con carácter previo a la publicación del decreto, que finalmente recoge la recomendación realizada por el órgano consultivo, que «el derecho del dependiente que fallece debe ser el mismo que el de quien no fallece», y que la Ley 39/2006 establece que el derecho a prestaciones por dependencia se generará por silencio positivo si transcurren seis desde la presentación de la solicitud de ayudas sin que se haya dictado ni notificado resolución por parte de la Administración.

Esto significa en la práctica, tal y como recoge finalmente el decreto publicado, que si el dependiente fallece antes de que se le haya reconocido el derecho a prestación no tendrá derecho a ella si no han pasado ya seis meses desde la solicitud, pero transcurrido este plazo sí tendrá derecho a ella, pasando el importe correspondiente a sus sucesores.

El Consejo de Estado advierte además que ese plazo de seis meses para considerar que existe silencio positivo tiene que contar «desde la fecha de entrada de la solicitud y hasta la de resolución de reconocimiento de la prestación, independientemente de que la Administración haya establecido un procedimiento diferenciado para el reconocimiento de la situación de dependencia y el de prestaciones». Esto es de especial importancia porque algunas autonomías en lugar de contar el plazo desde la solicitud lo hacían desde que ya se había valorado al paciente, partiendo artificialmente la lista de espera.

A 30 de noviembre, había 113.853 solicitudes pendientes de valoración y193.239 dependientes con derecho a prestación que no la recibían, a los que habría que sumar una cifra desconocida de dependientes que han fallecido en lista de espera para ser valorados o para recibir la prestación.

Fuente: www.diariomedico.com

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